Tercer punto a tener en cuenta antes de elegir un Centro de Desintoxicación
Tercer punto a tener en cuenta a la hora de elegir un Centro de Desintoxicación
En nuestros artículos anteriores te hemos advertido de la importancia del NICA (Número Identificación Centro Autorizado) y del número de inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma antes de elegir un Centro de Desintoxicación.Lo último –pero igualmente importante– que debes conocer es si ese Centro de Desintoxicación tiene Licencia de Apertura Municipal como Centro de Desintoxicación, Comunidad Terapéutica o Centro de Tratamiento Ambulatorio. ¿Te parece algo simple? Pues quizás es lo más importante o, al menos, lo que te evita comprobar los pasos anteriores.
Mira, la Licencia de Apertura (o Declaración Responsable, según el caso) sólo se aprueba por parte del Ayuntamiento después de haber comprobado que las autorizaciones sectoriales están debidamente concedidas y en vigencia. Las autorizaciones sectoriales son las que expiden las Delegaciones de Sanidad y Servicios Sociales.
Pero, además, la Licencia de Apertura Municipal sólo puede concederse si:
- El suelo en el que se encuentra el Centro de Desintoxicación está autorizado para ese tipo de actividad sanitaria.
- Si el inmueble es compatible con ese uso o, en su caso, se ha realizado el pertinente cambio de uso y licencia de primera ocupación.¿Qué tiene que ver esto con tu recuperación? Mucho…
- Te habla de la ética del centro al que le confías tu vida, la posibilidad de recuperar a tu familia y recobrar la salud.
- Te garantiza las debidas coberturas legales y de las pólizas de seguro en caso de cualquier tipo de incidencia.
- Te beneficiarás de la supervisión continua de la Administración Pública que, con sus inspecciones y seguimiento, contribuye sobresalientemente a alcanzar el grado de excelencia en el tratamiento de las adicciones.